La confirmación anual de los datos de la EBSR debe realizarse antes del 31 de diciembre de 2022, en su caso alguna actualización de la información en el RCBE debe cambiarlo en los 30 días siguientes al suceso.
Si ha realizado un cambio en el mismo año natural, no es necesario confirmarlo.
A se puede presentar la confirmación anual con la Información Empresarial Simplificada (IES), con referencia al año natural anterior, o presentando una declaración de actualización, en la página RCBE.
¿Qué es la EBSR?
El acrónimo RCBE significa Registro Central del Beneficiario Real y es una obligación que establece quiénes son los beneficiarios efectivos. En este sentido, todos los que control, a través de participaciones u otros medios previstos en el artículo 30 de la Ley 83/2017, de 18 de agosto, una empresaentidad empresarial, sociedad civil, cooperativa, asociación, fundación, fondo o una confíe en.
Para evitar el fraude, se creó esta declaración que obliga a identificar a los beneficiarios reales de la organización.
Se solicita esta declaración 30 días después el registro mercantil, es decir, tras la creación de una empresa, y debe actualizarse siempre que se produzca algún cambio en la información de esta declaración.
En sanciones por incumplimiento incluyen, además de multas de hasta 50.000,00 euros, el impedimento de concurrir a la adjudicación de servicios públicos o beneficiarse del apoyo de fondos europeos.
Rellenar el RCBE paso a paso
Para completar la EBSR, debe acceder a aquí y sigue estos pasos:
¿Cómo hacer el cambio?
Para modificar o corregir declaraciones anteriores, debe acceder a aquí y sigue estos pasos:
- Elija la opción "Rellenar la declaración".
- Autentícate con tus medios de autenticación (CC/CMD o certificados profesionales)
- Elija la opción "Actualizar/Modificar
- Buscar la entidad e introducir el código RCBE recibido al presentar la declaración anterior, o si se trata del mismo declarante simplemente indicar que no tiene código RCBE.
Nota: La identificación de los titulares de acciones / socios y gerentes / directores / funcionarios que no seanBeneficiarios efectivos ya no aparece en la declaración EBSR, por lo que no hay obligación de actualizar estos elementos.
Fuente: IRN