El pasado viernes, la Dirección General de Sanidad (DGS) publicó las normas de la DGS para restaurantes y cafeterías.
Las medidas a adoptar por las empresas pasan por reducir el aforo máximo del establecimiento, de forma que se garantice la distancia física recomendada (2 metros) entre personas, favorecer el uso de zonas al aire libre, como explanadas (siempre que sea posible) y servicio para llevar.
La disposición de las mesas y sillas debe garantizar una distancia mínima de dos metros entre las personas, pero los convivientes pueden sentarse frente a frente o uno al lado del otro a una distancia menor.
La DGS también recomienda que, siempre que sea posible y aplicable, se promueva y fomente la reserva anticipada de plazas. Por otro lado, no se recomiendan los puestos de pie ni las operaciones de autoservicio, como los bufés.
La limpieza y desinfección de los espacios debe seguir las directrices publicadas anteriormente por la DGS, y los propietarios deben desinfectar, al menos seis veces al día, todas las zonas de contacto frecuente (manillas de las puertas, grifos de los lavabos, mesas, bancos, sillas, pasamanos) y, después de cada uso, los equipos críticos (como los terminales de pago automático y los menús individuales).
La directriz establece la necesidad de la higiene de manos con solución de base alcohólica o agua y jabón a la entrada y salida del establecimiento por parte de los clientes, que deben respetar la distancia entre personas de al menos 2 metros y cumplir las medidas de etiqueta respiratoria.
Los clientes también deben considerar el uso de mascarillas (excepto durante las comidas), evitar tocar superficies y objetos innecesarios y dar preferencia al pago electrónico.
El documento también establece los procedimientos que deben adoptar los empleados de establecimientos de restauración y bebidas, a saber, el uso de mascarillas al trabajar con varias personas.